jueves, 12 de noviembre de 2020

Derechos y obligaciones de los enfermeros y enfermeras

 

Derechos y obligaciones de los enfermeros y enfermeras



  1. 1. Derechos y obligaciones de los enfermeros y enfermeras
  2. 2. Derechos de las enfermeras y enfermeros.
  3. 3. 1° Ejercer la enfermería con libertad, sin presiones de cualquier naturaleza y en igualdad de condiciones interprofesionales.
  4. 4. 2° Desempeñar sus intervenciones en un entorno que garantice la seguridad e integridad personal y profesional.
  5. 5. 3° Contar con los recursos necesarios que les permitan el óptimo desempeño de sus funciones.
  6. 6. 4° Abstenerse de proporcionar información que sobrepase su competencia profesional y laboral.
  7. 7. 5° Recibir trato digno por parte de pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo, independientemente del nivel jerárquico.
  8. 8. 6° Tener acceso a diferentes alternativas de desarrollo profesional en igualdad de oportunidades que los demás profesionales de la salud.
  9. 9. 7° Tener acceso a las actividades de gestión, docencia e investigación de acuerdo a sus competencias, en igualdad de oportunidades interprofesionales.
  10. 10. 8° Asociarse libremente para impulsar, fortalecer y salvaguardar sus intereses profesionales.
  11. 11. 9° Acceder a posiciones de toma de decisión de acuerdo a sus competencias, en igualdad de condiciones que otros profesionistas, sin discriminación alguna.
  12. 12. 10° Percibir remuneración por los servicios profesionales prestados.
  13. 13. Obligaciones de los enfermeros y enfermeras
  14. 14. 1° Respetar la vida, los derechos humanos y por consiguiente el derecho a la persona a decidir tratamientos y cuidados una vez informado.
  15. 15. 2° - Mantener una relación estrictamente profesional con la persona, en un ambiente de respeto mutuo y de reconocimiento de su dignidad, valores, costumbres y creencias.
  16. 16. 3° - Proteger la integridad de la persona ante cualquier afectación ocasionada por la mala práctica de cualquier miembro del equipo de salud.
  17. 17. 4° - Mantener una conducta honesta y leal; conducirse con una actitud de veracidad y confidencialidad salvaguardando en todo momento los intereses de la persona.
  18. 18. 5° Comunicar a la persona los riesgos cuando existan, y los límites que tiene el secreto profesional ante circunstancias que impliquen mala intención o daño a terceros.
  19. 19. 6° Fomentar una cultura de autocuidado de la salud, con un enfoque anticipatorio y de prevención del daño, y propiciar un entorno seguro que prevenga riesgos y proteja a la persona.
  20. 20. 7° Otorgar a la persona cuidados libres de riesgos, manteniendo un nivel de salud física, mental y social que no comprometa su capacidad.
  21. 21. 8° Acordar, si fuera el caso, los honorarios que con motivo del desempeño de su trabajo percibirá, teniendo como base para determinarlo el principio de la voluntad de las partes, la proporcionalidad, el riesgo de exposición, tiempo y grado de especialización requerida.

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